Introducción
En los últimos años, los VMP (Vehículos de Movilidad Personal) han ganado protagonismo en las ciudades españolas, especialmente los patinetes eléctricos. Sin embargo, para circular con seguridad y evitar sanciones, es fundamental conocer la normativa actual. En esta guía repasaremos:
- Definición de VMP y modelos permitidos según la DGT.
- Límites de velocidad y zonas donde está prohibido su uso.
- Requisitos de equipamiento y documentación necesaria.
- Infracciones y sanciones más comunes.
- Recomendaciones para una conducción segura y responsable.
1. ¿Qué se considera VMP según la DGT?
La Guía de VMP de la DGT define como VMP aquellos vehículos de una o más ruedas que:
- No superan los 25 km/h de velocidad máxima.
- Tienen una potencia nominal continua inferior a 1 kW.
- Cuentan con manillar, plataforma de apoyo para los pies y asiento opcional.
Incluyen:
- Patinetes eléctricos (escooters).
- Segways y hoverboards.
- Monociclos eléctricos (uniciclos con motor).
Quedan fuera de esta definición otros vehículos eléctricos que superen los 25 km/h (bicicletas de pedaleo asistido con más de 25 km/h, ciclomotores…) y los VMP con potencia superior a 1 kW, que pasan a considerarse ciclomotores o motocicletas.
2. Equipamiento y documentación imprescindible
Para circular con un VMP en España debes asegurarte de que tu vehículo y tú, como usuario, cumplen los siguientes requisitos:
- Homologación CE: El patinete o VMP debe llevar el marcado CE de fabricación conforme a la normativa europea y contar con manual en español.
- Luces y reflectantes:
- **Luz delantera blanca** y **luz trasera roja**, obligatorias en circuito urbano desde la puesta de sol hasta el amanecer.
- **Reflectantes laterales** y traseros para mejorar la visibilidad.
- Casco (recomendado, obligatorio en algunos municipios):
- Aunque la DGT no lo obliga de forma general, muchas ciudades exigen casco homologado para menores de 16 años y lo recomiendan para adultos. Consulta la ordenanza local.
- Seguro de responsabilidad civil (según municipio):
- Algunas ciudades (por ejemplo, Madrid y Barcelona) exigen un seguro mínimo de responsabilidad civil para circular por la vía pública. Comprueba si es obligatorio en tu ayuntamiento (ordenanzas Madrid).
- Documentación personal:
- Tener **edad mínima**: la mayoría de municipios requieren 14 o 16 años (urbanismo variable). Consulta tu ayuntamiento.
- Llevar **documento de identidad** (DNI/NIE) siempre durante la circulación.
3. Límites de velocidad y áreas prohibidas
La DGT fija para todos los VMP un límite general de 25 km/h en vías urbanas. Adicionalmente, muchos ayuntamientos establecen restricciones específicas:
- Vías ciclistas, carriles bici y zonas 30:
- Los VMP pueden circular por carril bici o sendas ciclables con prioridad sobre peatones. La velocidad máxima en estas vías suele ser 20 km/h.
- Acera y zona peatonal:
- **Prohibido**: circular por la acera fuera de zonas autorizadas. Solo se permite empujar el patinete caminando.
- Parques y zonas verdes:
- Permitido en trayecto continuo por áreas delimitadas, siempre respetando al peatón y a velocidades muy reducidas (< 10 km/h).
- Espacios interurbanos y carreteras:
- **Prohibido**: circular por carreteras convencionales o autopistas. Debes usar la acera-bici más cercana o medios de transporte alternativos.
4. Infracciones y sanciones más frecuentes
Algunas de las infracciones típicas de usuarios de VMP y sus sanciones:
Infracción | Tipo | Multa (€) |
---|---|---|
Circular por la acera | Leve | 80 |
Circulación >25 km/h o >20 km/h en carril bici | Leve | 100 |
No llevar luces por la noche | Leve | 80 |
No respetar semáforos o señales | Grave | 200 |
Circular en zonas peatonales sin autorización | Grave | 200 |
Conducir bajo los efectos de alcohol/drogas | Muy grave | 500 |
Además de la multa, algunas infracciones graves pueden conllevar retiro temporal del VMP o incapacitarte para conducirlo hasta resolver el expediente sancionador. Consulta la Sede Electrónica de la DGT para detalles de notificaciones.
5. Zonas de estacionamiento y aparcamiento
Algunos ayuntamientos han habilitado espacios específicos para aparcar VMP, con normas como:
- Puntos de aparcamiento señalizados: parcómetros o marquesinas en la vía pública.
- Por ejemplo, en Madrid, se han implementado marquesinas VMP en puntos estratégicos.
- Prohibición de aparcar en zonas peatonales: estacionar el patinete en medio de aceras obstruye la movilidad. Podrían inmovilizarlo o multarte con 80 €.
- Aparcamiento en parquímetros “BICI+VMP”: en algunas ciudades se integra tarifa para ambos modos de transporte.
6. Recomendaciones de seguridad para usuarios
- Usar casco homologado: aunque no siempre sea obligatorio, **reduce el riesgo de lesiones graves**.
- Procurar un casco con ventilación y visera si conduces a altas horas.
- Textil reflectante: chaleco o elementos reflectantes en ropa y mochila, indispensables de noche o con poca visibilidad.
- Mantenimiento periódico:
- Revisa frenos, ruedas y sistema eléctrico cada 500 km.
- Cambia los neumáticos cuando el dibujo sea < 1 mm para evitar deslizamientos en mojado.
- Atención al entorno:
- Anticipa movimientos de peatones, ciclistas y vehículos cercanos.
- No uses auriculares ni el móvil durante la conducción.
- Evitar condiciones meteorológicas adversas: lluvia intensa, viento fuerte o nieve pueden comprometer la estabilidad del VMP y tu seguridad.
7. Normativa autonómica y municipal: casos de ejemplo
Además de la regulación estatal, cada comunidad o ayuntamiento puede publicar ordenanzas específicas. Veamos dos ejemplos:
7.1. Ayuntamiento de Madrid
- **Edad mínima 15 años** para circular en VMP.
- Los de 13-14 años pueden circular en carril bici con limitación de velocidad.
- Obligatorio registro y seguro obligatorio para VMP:
- Registro gratuito en la web municipal (registro VMP Madrid).
- Seguro de responsabilidad civil con cobertura mínima de 50.000 €.
- Prohibido circular por el anillo ciclista interior (calle Serrano, Recoletos) salvo en carril bici autorizado.
7.2. Ayuntamiento de Barcelona
- Edad mínima 16 años para todos los VMP.
- No se permite circular por **plazas peatonales** como Plaça Catalunya y La Rambla.
- Se exige casco obligatorio para menores de 15 años y recomendado para adultos.
- Se ha creado un registro municipal para empresas de alquiler (sharing) de VMP, con controles de flota.
8. Futuro de la regulación y actualizaciones
La DGT revisa periódicamente la normativa de VMP para adaptarse a:
- Incremento de la flota compartida (patinetes de alquiler por minutos).
- Adaptación de la velocidad máxima a nuevos modelos con frenos regenerativos y mayor estabilidad.
- Posible obligación de matrícula o identificación electrónica en VMP de más de 250 W.
- Todavía en fase de debate: la UE estudia un sistema nacional de registro para VMP con potencia > 1 kW.
Para estar al día, consulta la sección de novedades viales de la DGT y revisa las ordenanzas municipales cada 6 meses.
Conclusión
Los patinetes eléctricos y otros VMP ofrecen una solución ágil y sostenible de movilidad urbana, pero solo circulan con seguridad y legalidad si conoces y cumples la normativa vigente. Respeta límites de velocidad, usa equipamiento obligatorio, registra tu VMP si tu ayuntamiento lo exige, y mantente informado sobre actualizaciones legales. De este modo, evitarás multas y contribuirás a una convivencia armónica entre peatones, ciclistas, conductores y usuarios de VMP.
¡Circula seguro! Lleva casco, revisa tu VMP y consulta siempre las normas locales antes de salir a la calle.