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Normativa para Vehículos de Movilidad Personal (VMP) en España: patinetes eléctricos, sanciones y recomendaciones

Introducción

En los últimos años, los VMP (Vehículos de Movilidad Personal) han ganado protagonismo en las ciudades españolas, especialmente los patinetes eléctricos. Sin embargo, para circular con seguridad y evitar sanciones, es fundamental conocer la normativa actual. En esta guía repasaremos:

  • Definición de VMP y modelos permitidos según la DGT.
  • Límites de velocidad y zonas donde está prohibido su uso.
  • Requisitos de equipamiento y documentación necesaria.
  • Infracciones y sanciones más comunes.
  • Recomendaciones para una conducción segura y responsable.

1. ¿Qué se considera VMP según la DGT?

La Guía de VMP de la DGT define como VMP aquellos vehículos de una o más ruedas que:

  • No superan los 25 km/h de velocidad máxima.
  • Tienen una potencia nominal continua inferior a 1 kW.
  • Cuentan con manillar, plataforma de apoyo para los pies y asiento opcional.

Incluyen:

  • Patinetes eléctricos (escooters).
  • Segways y hoverboards.
  • Monociclos eléctricos (uniciclos con motor).

Quedan fuera de esta definición otros vehículos eléctricos que superen los 25 km/h (bicicletas de pedaleo asistido con más de 25 km/h, ciclomotores…) y los VMP con potencia superior a 1 kW, que pasan a considerarse ciclomotores o motocicletas.

2. Equipamiento y documentación imprescindible

Para circular con un VMP en España debes asegurarte de que tu vehículo y tú, como usuario, cumplen los siguientes requisitos:

  • Homologación CE: El patinete o VMP debe llevar el marcado CE de fabricación conforme a la normativa europea y contar con manual en español.
  • Luces y reflectantes:
    • **Luz delantera blanca** y **luz trasera roja**, obligatorias en circuito urbano desde la puesta de sol hasta el amanecer.
    • **Reflectantes laterales** y traseros para mejorar la visibilidad.
  • Casco (recomendado, obligatorio en algunos municipios):
    • Aunque la DGT no lo obliga de forma general, muchas ciudades exigen casco homologado para menores de 16 años y lo recomiendan para adultos. Consulta la ordenanza local.
  • Seguro de responsabilidad civil (según municipio):
    • Algunas ciudades (por ejemplo, Madrid y Barcelona) exigen un seguro mínimo de responsabilidad civil para circular por la vía pública. Comprueba si es obligatorio en tu ayuntamiento (ordenanzas Madrid).
  • Documentación personal:
    • Tener **edad mínima**: la mayoría de municipios requieren 14 o 16 años (urbanismo variable). Consulta tu ayuntamiento.
    • Llevar **documento de identidad** (DNI/NIE) siempre durante la circulación.

3. Límites de velocidad y áreas prohibidas

La DGT fija para todos los VMP un límite general de 25 km/h en vías urbanas. Adicionalmente, muchos ayuntamientos establecen restricciones específicas:

  • Vías ciclistas, carriles bici y zonas 30:
    • Los VMP pueden circular por carril bici o sendas ciclables con prioridad sobre peatones. La velocidad máxima en estas vías suele ser 20 km/h.
  • Acera y zona peatonal:
    • **Prohibido**: circular por la acera fuera de zonas autorizadas. Solo se permite empujar el patinete caminando.
  • Parques y zonas verdes:
    • Permitido en trayecto continuo por áreas delimitadas, siempre respetando al peatón y a velocidades muy reducidas (< 10 km/h).
  • Espacios interurbanos y carreteras:
    • **Prohibido**: circular por carreteras convencionales o autopistas. Debes usar la acera-bici más cercana o medios de transporte alternativos.

4. Infracciones y sanciones más frecuentes

Algunas de las infracciones típicas de usuarios de VMP y sus sanciones:

Infracción Tipo Multa (€)
Circular por la acera Leve 80
Circulación >25 km/h o >20 km/h en carril bici Leve 100
No llevar luces por la noche Leve 80
No respetar semáforos o señales Grave 200
Circular en zonas peatonales sin autorización Grave 200
Conducir bajo los efectos de alcohol/drogas Muy grave 500

Además de la multa, algunas infracciones graves pueden conllevar retiro temporal del VMP o incapacitarte para conducirlo hasta resolver el expediente sancionador. Consulta la Sede Electrónica de la DGT para detalles de notificaciones.

5. Zonas de estacionamiento y aparcamiento

Algunos ayuntamientos han habilitado espacios específicos para aparcar VMP, con normas como:

  • Puntos de aparcamiento señalizados: parcómetros o marquesinas en la vía pública.
    • Por ejemplo, en Madrid, se han implementado marquesinas VMP en puntos estratégicos.
  • Prohibición de aparcar en zonas peatonales: estacionar el patinete en medio de aceras obstruye la movilidad. Podrían inmovilizarlo o multarte con 80 €.
  • Aparcamiento en parquímetros “BICI+VMP”: en algunas ciudades se integra tarifa para ambos modos de transporte.

6. Recomendaciones de seguridad para usuarios

  • Usar casco homologado: aunque no siempre sea obligatorio, **reduce el riesgo de lesiones graves**.
    • Procurar un casco con ventilación y visera si conduces a altas horas.
  • Textil reflectante: chaleco o elementos reflectantes en ropa y mochila, indispensables de noche o con poca visibilidad.
  • Mantenimiento periódico:
    • Revisa frenos, ruedas y sistema eléctrico cada 500 km.
    • Cambia los neumáticos cuando el dibujo sea < 1 mm para evitar deslizamientos en mojado.
  • Atención al entorno:
    • Anticipa movimientos de peatones, ciclistas y vehículos cercanos.
    • No uses auriculares ni el móvil durante la conducción.
  • Evitar condiciones meteorológicas adversas: lluvia intensa, viento fuerte o nieve pueden comprometer la estabilidad del VMP y tu seguridad.

7. Normativa autonómica y municipal: casos de ejemplo

Además de la regulación estatal, cada comunidad o ayuntamiento puede publicar ordenanzas específicas. Veamos dos ejemplos:

7.1. Ayuntamiento de Madrid

  • **Edad mínima 15 años** para circular en VMP.
    • Los de 13-14 años pueden circular en carril bici con limitación de velocidad.
  • Obligatorio registro y seguro obligatorio para VMP:
    • Registro gratuito en la web municipal (registro VMP Madrid).
    • Seguro de responsabilidad civil con cobertura mínima de 50.000 €.
  • Prohibido circular por el anillo ciclista interior (calle Serrano, Recoletos) salvo en carril bici autorizado.

7.2. Ayuntamiento de Barcelona

  • Edad mínima 16 años para todos los VMP.
  • No se permite circular por **plazas peatonales** como Plaça Catalunya y La Rambla.
  • Se exige casco obligatorio para menores de 15 años y recomendado para adultos.
  • Se ha creado un registro municipal para empresas de alquiler (sharing) de VMP, con controles de flota.

8. Futuro de la regulación y actualizaciones

La DGT revisa periódicamente la normativa de VMP para adaptarse a:

  • Incremento de la flota compartida (patinetes de alquiler por minutos).
  • Adaptación de la velocidad máxima a nuevos modelos con frenos regenerativos y mayor estabilidad.
  • Posible obligación de matrícula o identificación electrónica en VMP de más de 250 W.
    • Todavía en fase de debate: la UE estudia un sistema nacional de registro para VMP con potencia > 1 kW.

Para estar al día, consulta la sección de novedades viales de la DGT y revisa las ordenanzas municipales cada 6 meses.

Conclusión

Los patinetes eléctricos y otros VMP ofrecen una solución ágil y sostenible de movilidad urbana, pero solo circulan con seguridad y legalidad si conoces y cumples la normativa vigente. Respeta límites de velocidad, usa equipamiento obligatorio, registra tu VMP si tu ayuntamiento lo exige, y mantente informado sobre actualizaciones legales. De este modo, evitarás multas y contribuirás a una convivencia armónica entre peatones, ciclistas, conductores y usuarios de VMP.

¡Circula seguro! Lleva casco, revisa tu VMP y consulta siempre las normas locales antes de salir a la calle.